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Desde 1997 ofreciendo empleo

Derechos

derechos

Los trabajadores de puesta a disposición tienen derecho a:

  • Recibir información sobre todos los aspectos de su relación laboral y de su contrato con la empresa de trabajo temporal.
  • A la firma de un contrato de trabajo y a ser dado de alta en la Seguridad Social.
  • A percibir como mínimo la retribución total establecida para el puesto de trabajo a desarrollar según el convenio colectivo aplicable en la empresa usuaria. La retribución comprenderá parte proporcional al descanso semanal, las pagas extraordinarias y lo correspondiente a festivos y vacaciones.
  • A percibir una indemnización equivalente a 12 días de salario por año trabajado.
  • A utilizar las instalaciones colectivas y los medios de transporte de la empresa usuaria en la misma forma que lo harían sus propios trabajadores de plantilla.
  • A percibir el salario en el plazo legal.

Obligaciones

obligaciones

Los trabajadores tienen las siguientes obligaciones:

  • Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del responsable de la empresa usuaria.
  • Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados y en la forma y lugar convenidos.
  • Las buenas costumbres y el respeto debido tanto hacia los compañeros de trabajo como hacia el empleador.
  • Someterse a reconocimiento médico con carácter previo al desempeño del puesto de trabajo.
  • Entregar durante los cinco primeros días hábiles de cada mes el parte de horas trabajadas o en cuanto haya finalizado el servicio.

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